| La ley del IRPF establece ventajas fiscales en la adquisición de la vivienda habitual. Una vivienda habitual es la vivienda que constituye su residencia de manera continuada. La ley establece este plazo en al menos, tres años. En el caso de pagar una vivienda con el dinero procedente de una venta, el caso más habitual, la deducción fiscal que se aplica es del 15% del precio pagado por ella, incluyendo los gastos de formalización de escritura de compra-venta, notaría, registro, etc, el pago del IVA (viviendas nuevas) o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (viviendas de segunda mano), y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. En el caso de solicitar un préstamano para financiar parte o la totalidad del precio de la vivienda, la base de la deducción estará constituida por las cantidades satisfechas cada año, es decir, la amortización, los intereses y los demás gastos derivados de la misma. Hay diferentes porcentajes de deducción entre los dos primeros años y los restantes. Ambas deducciones tienen topes máximos. Para más información, consulte con su entidad bancaria o en su delegación de Hacienda. |
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